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¿Qué hacer con los asentamientos irregulares?

Típicamente son el producto de la necesidad urgente de obtención de vivienda de las comunidades urbanas de escasos recursos económicos, o de migrantes llegados de zonas rurales, empujadas a abandonar sus tierras por múltiples motivos, y al no existir, generalmente, políticas que habiliten a estas personas a adquirir por medios legales viviendas dignas.


Un informe de la Comisión de la Seguridad Social de las Naciones Unidas de 1986 indicó que entre un 30 y un 60 por ciento de los residentes de las ciudades más grandes de los países subdesarrollados viven en asentamientos irregulares, lo cual evidencia que los asentamientos irregulares, presentes en distintos países del mundo, ya no son conceptuados como lo han sido poco tiempo atrás, como guaridas de maleantes, ladrones o drogadictos y narcotraficantes, para ser hoy en día, poblaciones negadas de sus derechos elementales.


El problema en México


Entre 1940 y 1980 se registró un crecimiento de las actividades no agrícolas, y la industrialización y terciarización de las actividades ubicadas en las ciudades dieron origen a un gradual desplazamiento y reubicación de la población dentro del territorio nacional. 17 Esto se tradujo en una fuerte migración campo-ciudad que movilizó a grandes cantidades de gente a establecerse en las periferias de las urbes.


De forma general existen dos tipos de ocupación irregular del suelo: la primera es mediante la ocupación directa del terreno por parte de la gente a quienes coloquialmente se les llama “paracaidistas”. La segunda, mucho más común, se da cuando las tierras que se ocupan no han sido previamente desincorporadas de un tipo de régimen de propiedad especial como el ejidal, el comunal, federal, municipal u otro; o no se han obtenido las autorizaciones urbanas conducentes, por lo cual la ocupación, división y fraccionamiento de la tierra resulta informal e irregular. 9


El procedimiento de ocupación formal de suelo se establece en las leyes estatales de desarrollo urbano, las cuales deben ser aprobadas por los ayuntamientos, ratificadas por las legislaturas locales e inscritas en el Registro Público de la Propiedad. En sus disposiciones se norma cuál es el procedimiento para fraccionar, dividir o lotificar alguna extensión de suelo de propiedad privada con motivo de darle un uso residencial.


Al gobierno local le conviene regularizar, pues en el futuro podrá cobrar predial.


Recuperación de espacios.- Litigar de manera acelerada inmuebles desocupados para tener vivienda ya cerca de los servicios y caminos.


Acceso a empleo mediante transporte público.- Lograr que los asentamientos irregulares ya establecidos tengan rutas de transporte público seguro y limpio.


Desarrollos de interés social con servicios básicos y subterráneos.- NO es caro hacer las cosas bien, debe haber un estándar mínimo de construcción.


Incrementar presencia de la seguridad pública.- Los asentamientos irregulares y las zonas cercanas sufren de delincuencia, y generalmente menos cuidadas, es necesario acercarle los servicios de seguridad del estado.


Existen ejemplos exitosos de colonias que fueron en algún momento fueron irregulares(muchas cercanas a los centros históricos de su ciudad, otras más en la periferia) y ahora han logrado darle propiedad legal a los habitantes, y detonar los servicios básicos.


Fuentes:

Wikipedia

Sedesol.gob



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