Los humanos nos hemos inventado maneras de sobrevivir complejas, la propiedad y el patrimonio no tiene mucho sentido analizarlas como justas o injustas, pero si conocer sus derivaciones y conocer las consecuencias.
Es un tema extenso, que si queremos abarcarlo todo, debemos regresar a los libros de derecho romano y de la historia de la humanidad, aquí vamos a enfocarnos en la actualidad y lo que representa el patrimonio en términos modernos.
Tradicionalmente al patrimonio se le ha definido como el conjunto de derechos y obligaciones traducibles en dinero. Se encuentra en los códigos civiles y aplica tanto como para personas físicas y morales.
Del patrimonio encontramos 4 principios:
Solo las personas tienen patrimonio.
Toda persona tiene un patrimonio.
Una persona no tiene más que un patrimonio.
El patrimonio es inseparable de la persona. (Al vender un inmueble por ejemplo, el inmueble deja de ser parte de su patrimonio, pero si el dinero que recibió por dicha venta).
En las teorías del patrimonio se menciona la separación de patrimonio con la personalidad, pues este se puede transmitir mediante actos jurídicos como la herencia o los usufructos. El patrimonio se compone de activos y pasivos, como mencionamos antes, cosas traducibles a dinero, y no por derechos civiles y constitucionales o estados civiles, así pues, podemos concluir que la persona derechos sobre su patrimonio más la persona no es el patrimonio.
En derecho civil se mencionan tres atributos de la propiedad, IUS UTENDI, que es el derecho a usar, IUS RUENDI, que es el derecho a disfrutar y EIUS ABUTENDI, que es el derecho a disponer. Con estos atributos podemos comprender mejor la función de un patrimonio, y conocer sus elementos, que según el derecho civil son de atribución (obtener utilidad) y de exclusión (respetar la facultad privada por parte de otras personas). De esta manera entendemos que cada persona tiene ciertos derechos y obligaciones con su patrimonio, pero que este queda desprendido de su personalidad.
Nuestra legislación actual ha entrado en controversia debido a nuevas leyes recientes como la de extinción de dominio. La ley define la extinción de dominio como la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación a los bienes cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y que sean objeto o producto de ilícitos como delincuencia organizada, secuestro, delitos en materia de hidrocarburos y petroquímicos, delitos contra la salud y trata de personas. (Forbes, México, 2019).
Otra ley que ha causado controversia es la actualización de la ley del impuesto sobre la renta, que menciona que para hacer procedente algún juicio en contra de un inquilino, habrá que demostrar que se está pagando el impuesto correspondiente.
Sin embargo si nos regresamos a los primeros párrafos de este texto, al encontrar al patrimonio como una obligación, debemos asegurarnos que dentro de estas obligaciones estemos cumpliendo con el marco de la ley del lugar donde se encuentre nuestro patrimonio.
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